No, las propiedades horizontales no deben registrar sus bases de datos ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en Colombia, según la normatividad vigente, aunque sí deben cumplir con la ley de protección de datos.
No, las propiedades horizontales no deben registrar sus bases de datos ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en Colombia, según la normatividad vigente, aunque sí deben cumplir con la ley de protección de datos.
A diferencia de otras entidades, las propiedades horizontales no están obligadas a registrar sus bases de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) de la SIC.
A diferencia de otras entidades, las propiedades horizontales no están obligadas a registrar sus bases de datos personales en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) de la SIC.